Esta semana se difundirán las normas de la AFIP. Rige para quienes ganan hasta $ 150 mil de sueldo bruto. Lo retenido entre enero y mayo, se devolverá en 5 cuotas a partir de julio.
“Los sueldos de junio de los trabajadores que ganan hasta $ 150.000 brutos – antes de los descuentos de jubilación y salud – no habrá alcanzados por el Impuesto a las Ganancias . Tampoco se verá alcanzado el medio aguinaldo. Los beneficios comenzarán a observarse en los próximos recibos ya que esta semana se publicará en el Boletín Oficial de la normativa de la AFIP que termina de implementar los cambios ”. La medida alcanza a 1.200.000 trabajadores.
A su vez, los montos retenidos entre enero a mayo serán reintegrados en 5 pagos mensuales . La devolución se hará en cuotas mensuales entre julio y noviembre.
Así adelantaron a Clarín fuentes del Gobierno que agregaron que la demora en la ejecución de los cambios fue porque “la ley se aprobó a comienzos de abril y fue promulgada a finales de ese mes. El decreto reglamentario se publicó a finales de mayo. El paso restante era la Resolución General de la AFIP donde fue necesario conciliar las definiciones de la ley con la forma de liquidación de impuesto. La Resolución General del organismo debió sortear laberintos que arrastraba el texto de la ley para garantizar el alcance de los beneficios ”, justificaron.
En tanto, unos 200.000 trabajadores que ganan entre $ 150.000 y $ 173.000 brutos pagarán menos Ganancias porque tendrán una deducción especial que permitirá que no perciban menos de $ 150.000 brutos o $ 124.500 netos. Y los que ganan más de $ 173.000 brutos siguen pagando Ganancias como hasta ahora. Por ejemplo el soltero sin hijos con una remuneración neta de $200.000 pagará este año $36.550 mensuales.
En el caso de los jubilados y pensionados, como los alcanzados por Ganancias – unos 230.000 — comienzan a percibir el haber de junio y el medio aguinaldo desde el miércoles 23 de este mes y la liquidación ya está confeccionada con los valores anteriores a la nueva ley, se dispondría de una devolución especial a fin de junio o comienzos de julio.
A su vez, los montos retenidos para el período enero a mayo serán reintegrados en 5 pagos mensuales. La devolución se hará en cuotas mensuales entre julio y noviembre.
De todas maneras habrá que esperar que AFIP difunda las nuevas normas para saber cómo se aplicarán otros beneficios. Por ejemplo, la ley amplia al concubino o concubina -cualquiera fuera el sexo- la deducción de $156.320,63 anuales de la base imponible del impuesto por cónyuge si no tiene ingresos propios.
Hasta ahora, este año se comenzaba a pagar Ganancias a partir de un sueldo neto, $74.812 en el caso de soltero sin hijos. Con deducciones por cónyuge y dos hijos, el mínimo no imponible subía a $98.966, incluyendo en ambos casos el proporcional del aguinaldo.
De acuerdo a los cálculos del contador Daniel Lejtman, socio de Lisicki, Litvin y Asociados, un trabajador soltero sin hijos con una remuneración bruta de $ 100.000, que equivale a un sueldo de bolsillo de $ 83.000, pagaba $ 583 mensuales (0,7 %) de Ganancias y en junio no tendrá descuento. Y entre julio y noviembre 5 reintegros por ese mismo monto. Entre esa devolución mensual y lo que se le deja de retener, entre julio y noviembre la mejora mensual es de $ 1.166.
Con $ 110.000 brutos ($ 91.300 netos), le dejan de descontar $ 1.657 mensuales (1,8%). Además, si se considera que a ese trabajador se le dejará de retener esa misma cifra, entre julio y noviembre tendrá disponibles $ 3.315,60 más por mes.
Con $ 120.000 brutos ($ 99.600 netos) no le descontarán $ 3.220 (3,2%). Con una mejora mensual de $ 6.440 entre lo que se le deja de retener más la devolución entre julio y noviembre. Y así, hasta $ 9.640 (7,7%), para los que perciben $ 150.000 o $ 124.500 netos. Y $ 19.280, entre los $ 9.640 que no le retendrán más los $ 9.640 a devolver en 5 meses.
En el caso de los casados con 2 hijos, como al mínimo no imponible se suma la deducción por carga de familia, la incidencia de la nueva ley arranca de remuneraciones brutas más altas.
Así, con un sueldo bruto de $ 120.000 o $ 99.600 netos la mejora es mínima: $ 34 mensuales porque apenas superaba el mínimo no imponible. Un “alivio” de $ 68 entre julio y noviembre.
Con $ 130.000 brutos ($ 107.900), el ingreso mensual sube en $ 656. Representa una mejora de $ 1.312 mensuales en 5 meses. Con $ 140.000 brutos ($ 116.200), el ingreso de bolsillo sube en $ 1.779 mensuales (1,5%). Una mejora de 3.558 en 5 meses y con 150.000 brutos ($ 124.500 netos), le dejan de retener 3.374 (2,7%), una mejora entre julio y noviembre de $ 6.748.