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España: le dieron permiso para salir de la cárcel a un condenado a 302 años por abuso sexual de menores

Lo hallaron culpable de 35 delitos de abuso sexual y otros 13 de corrupción de menores. Lleva 13 años preso.

Fernando Torres Baena, condenado a 302 años de prisión por la Justicia española tras ser encontrado culpable de 35 delitos de abuso sexual y otros 13 de corrupción de menores, gozará de tres días de salida de prisión, por pedido de su defensa y gracias a su buen comportamiento en prisión.

El permiso, que fue otorgado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Las Palmas de Gran Canaria, puede ser recurrido.

Torres Baena, quien recibió su sentencia el 15 de marzo de 2013 y cumplió más de la mitad de su condena, se camuflaba bajo la pantalla de un prestigioso gimnasio de artes marciales en la capital grancanaria, motivo por el cual su caso pasó a ser conocido como “Karate”.

Según se comprobó, los delitos los cometió contra alumnos a los que impartía clases, por lo que quedó inhabilitado para realizar esa función.

El 6 de mayo del año pasado, así como en otras anteriores ocasiones, su permiso había sido denegado por la Junta de Tratamiento de la Prisión, pero en esta oportunidad obtuvo un dictamen favorable del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria ante el que presentó un nuevo recurso.

La resolución favorable se debió, en gran medida, a los informes del fiscal y del médico forense del Instituto de Medicina Legal de Las Palmas.

Según explicó la Justicia española, los últimos reportes dieron cuenta del “buen comportamiento y el aprovechamiento del tiempo que ha llevado a cabo el penado durante su estancia en la cárcel a lo largo de los más de trece años que lleva en prisión”.

Por ese motivo, concluyó que al “modificarse positivamente los factores criminológicos” ya no existe “un riesgo evidente de comisión de nuevos delitos”, marco que le da la chance a Torres Baena, protagonista del episodio más grande de abuso de menores juzgado en la historia de España, de “acceder a su primer permiso”.

“Son las circunstancias que ha ido desarrollando la persona penada en prisión las que aconsejan la concesión del mismo, siendo tal cosa lo mejor para él y para la sociedad a la que retornará cuando cumpla su condena, y para lo que hay que ir preparándoles, tanto a una como otra, por el bien de todos”, argumentó la Justicia.

El magistrado evitó así ponerse en el sitio de “justiciero o vengador, añadiendo nuevas penas”. La condena, aseguró, “pertenece al ámbito de la sentencia dictada, y no procede que nadie se arrogue el papel de ser un nuevo sentenciador, al margen de la sala de la Audiencia Provincial que ya lo hizo”.

De acuerdo a sus normativas, España tiene un límite máximo de cumplimiento efectivo de una pena de 20 años.

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