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Ganancias: cuánto deben devolverle al trabajador que gana menos de $ 280.792 brutos

Es por la parte retenida del aguinaldo entre enero y mayo, según la Resolución de AFIP.

Un trabajador soltero sin hijos que entre enero y mayo percibió una remuneración bruta de $ 270.000, le retuvieron por el impuesto a las Ganancias en esos 5 meses un total $ 130.791. Ahora, por los cambios en el impuesto, le deben devolver $ 28.946 que corresponde a la parte proporcional del aguinaldo retenido en esos 5 meses.

El cálculo, de Lisicki, Litvin y Asociados, surge de la suba del piso salarial de Ganancias de $ 225.937 a $ 280.792, a partir del mes de junio, en tanto el aguinaldo quedó exento desde el 1° de enero.

Al percibir un salario bruto de $ 270.000 entre enero y mayo, a ese trabajador le retuvieron Ganancias, incluyendo la parte proporcional del aguinaldo porque el piso salarial para estar exento era de $ 225.937. Al subir el piso a $ 280.792 queda exento de Ganancias a partir de junio, mientras le deben devolver lo retenido por el medio aguinaldo ya que la vigencia de la exención para los que ganan menos de ese importe es retroactiva al 1 de enero.

El importe a devolver depende de la remuneración bruta inferior a los $ 280.792 y de las deducciones permitidas, como hijos o hijas a cargo, de cada trabajador.

La reglamentación de esos cambios en Ganancias (Resolución General N° 5206 publicada hoy en el Boletín Oficial) fija que “los empleadores, en su rol de agentes de retención, deberán generar una liquidación adicional respecto de las remuneraciones, incluidas el aguinaldo (SAC), devengadas desde el 1° de junio de 2022 que se hubieran liquidado con anterioridad a la publicación de la resolución de la AFIP. En caso de haber diferencias por aplicación de los nuevos montos, estas deberán reintegrarse con el primer salario que se pague a partir de la vigencia de la normativa”, según informó el organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont.

“La resolución instrumenta la deducción especial incrementada para que el impuesto sólo alcance a las personas con salarios mensuales superiores a $ 280.792 brutos. Asimismo, la normativa permite que las personas con remuneraciones mensuales de entre $ 280.792 y $3 24.182 brutos afronten una menor carga tributaria”, remarcó la AFIP.

Esto significa “que la devolución en el mes de junio del impuesto a las Ganancias por la parte proporcional del SAC retenido entre enero a junio, exclusivamente para los asalariados cuya remuneración sea inferior a $ 280.792, en tanto los que tienen una remuneración superior a dicho importe no tienen exento el impuesto sobre el aguinaldo”, precisó el tributarista César Litvin. Y agregó “que los trabajadores cuyos ingresos están por debajo de los $ 280.792 y han pagado Ganancias entre enero y mayo no tendrán devolución del impuesto por los salarios cobrados, dado que la vigencia para el nuevo piso es desde junio 2022”.

Ahora se aguardan los cambios en el Monotributo (suba del valor máximo de facturación de cada categoría sin alterar el valor de la cuota mensual) y la suba del Mínimo no Imponible para los Autónomos.

Queda pendiente la suba de todas las deducciones, incluyendo el MNI (Mínimo No Imponible); , la deducción especial y por cargas de familia y los tramos fijos de las escalas de las alícuotas, para los que ganan más de $ 280.792, valores que se mantienen fijos a lo largo de todo el año, a pesar de la altísima inflación que se espera que para 2022.

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