Es un formulario que deben completar los diplomáticos y administrativos para saber si se sienten hombre, mujer, transexual o de otra condición.
Es sabido que en varias oficinas del Gobierno hablan y escriben en modo inclusivo, es decir, todo con “e”. Es la influencia del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género que dirige Elizabeth Gómez Alcorta. Este martes el Palacio San Martín estaba revolucionado. Algunos protestaban otros simplemente se reían.
Ocurre que el ministerio está implementando una actualización de datos a través de un formulario que, en busca de una política de “diversidad” y obtener datos de la vacunación de su personal -señalaron-, incluye una serie de preguntas a manera de múltiple choice que descolocó al personal.
Desde el equipo del canciller Felipe Solá informaron que se trató de una decisión de Recursos Humanos.
El formulario que le hacen llenar a los empleados de la Cancillería
Pero lo polémico además es que es obligatorio y se debe firmar. De hecho, se llama Declaración Jurada Obligatoria de Actualización de Datos
Por si ello fuera poco, la renuncia a su puesto del director del Instituto del Servicio Exterior de la Nación, Victorio Taccetti, generó más revuelo en “La Casa”.
Taccetti renunció a sólo meses de haber asumido, por diferencias en la educación de los jóvenes que quieren ser diplomáticos y por diferencias también en la contratación de nuevos profesores. Sería reemplazado por Eduardo Demayo.
Entrada del edificio de Cancillería.
El siguiente es el curioso listado que los funcionarios de la Cancillería deberán marcar ahora de manera obligatoria con una cruz en donde se sientan identificados:
- Mujer: persona cuya identidad y expresión de género es femenina, coincida o no con el género asignado al nacer. Describe una posición que tiene un carácter social, no natural, marcada por la desigualdad y las violencias respecto al género masculino.
- Mujer Trans: persona cuya identidad y expresión de género es femenina y cuya atribución sociocultural precedente de género es masculina. La persona representada en ambas posiciones (mujer y trans).
- Travesti: persona que asume la identidad o expresión de género femenina y cuya asignación sociocultural previa del género es masculina. Esta categoría supera las experiencias y trayectorias políticas locales y de la región latinoamericana que reivindican el carácter disidente frente al binarismo sexo-género (diferencia sexual). En su origen, la categoría travesti es descrita desde el teatro y prontamente es adoptada por políticas de estado criminalizantes.
- Transexual: persona cuya identidad y/o expresión de género difiere de la asignación cultural del género que recibió al nacimiento. Inicialmente tuvo una impronta biomédica para referir a quienes recurrían o se les imponían intervenciones quirúrgicas y/o la realización de tratamiento hormonales.
- Transgénero: persona cuya identidad de género describe modos de existencia, expresiones de género distintos al género asignado con anterioridad al desarrollo subjetivo de la persona. La terminología transgénero suele ser sintetizada como “trans”.
- Varón: persona cuya identidad es y expresión de género es masculina, coincida o no con el género asignado al nacer. Describe una posición que tiene carácter social, no natural, marcada por una jerarquía histórica y cultural respecto a otras identidades y expresiones de género.
- Varón trans: persona cuya identidad de género es masculina y cuya asignación cultural precedente del género es femenina. La persona se encuentra representada en ambas posiciones (varón y trans)
- No Binarie: la persona que no se encuentre representada por las mismas posiciones binarias de expresión de la identidad de género y expresión de género (varón o mujer) y resalta su inconformidad tanto con ellas así como ocn el sistema binario de asignación de género.
- Género Fluido: la persona se encuentra en más de o una posición respecto a la identidad de género y la expresión de género o fluctúa entre ellas.
- Ninguna de las anteriores. Especifique:
Otra parte del formulario que les hacen llenar a los empleados de la Cancillería.
El formulario también da la opción de “Prefiero no contestar” y aclara que el artículo 2 de la Ley de identidad de género número 26.743 señala que “se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo”.